Más de medio millón de pesos recibirá la candidata independiente de Hecelchakán, Mercy Ceh

A un total de 606 mil 486 pesos asciende el monto de recursos que por concepto de financiamiento público será ministrado a la Candidata Independiente por el Ayuntamiento de Hecelchakán, C. Mercy Aidee Ceh Solórzano, para la campaña electoral del Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021; mientras que el límite total del financiamiento privado al que estará sujeta, al igual que sus simpatizantes, para el desarrollo de su campaña electoral, es por el orden de los 518 mil 112 pesos.

Y es que al llevarse a cabo la 25ª Sesión Extraordinaria Virtual del Consejo General del Organismo Público Local, encabezada por la Consejera Presidenta Mtra. Mayra Fabiola Bojórquez González, se aprobó el proyecto de Acuerdo No. CG/69/2021, por el que se otorga el financiamiento público a la C. Mercy Aidee Ceh Solórzano, Candidata Independiente para el Ayuntamiento de Hecelchakán, para el periodo de campaña en el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021.

Con el acuerdo aprobado, se determinó que el monto del financiamiento público que será ministrado a la C. Mercy Aidee Ceh Solórzano, para la campaña electoral del Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021, es por la cantidad de 606 mil 486 pesos, por ello, se instruyó a la Secretaría Ejecutiva para que a través de la Oficialía Electoral del IEEC, se haga la notificación correspondiente mediante correo electrónico, para su conocimiento y para todos los efectos legales.

Asimismo, el Consejo General aprobó el proyecto de Acuerdo No. CG/70/2021,  respecto del límite de financiamiento privado que podrá recibir la C. Mercy Aidee Ceh Solórzano, Candidata Independiente para el Ayuntamiento de Hecelchakán, para el periodo de campaña en el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021, el cual asciende a 518 mil 112 pesos.

Por ello, se aprueba que la Secretaría Ejecutiva del Consejo General, instruya a la Oficialía Electoral, ambas del IEEC, para que notifique mediante correo electrónico, el Acuerdo aprobado, así como los Acuerdos CG/05/2021 y CG/08/2021, de fecha 22 de enero de 2021, así como INE/CG563/2020, a la Candidata Independiente por el Ayuntamiento de Hecelchakán, para su conocimiento y para todos los efectos legales y administrativos a que haya lugar.

Posteriormente, el Consejo General del IEEC, aprobó el proyecto de Acuerdo No. CG/71/2021, por el que se da respuesta a la solicitud suscrita por las y los integrantes de la Observatoria Ciudadana Elecciones 2021, la cual se centra en garantizar que los lineamientos de la 3 de 3 contra la violencia sean implementados, ratificados y se haga valer por candidatas y candidatos de Partidos Políticos o de forma independiente.

Específicamente, que las autoridades electorales atiendan las denuncias que se presenten en referencia al incumplimiento de cualquiera de los tres lineamientos de la 3 de 3 vs la violencia; que conforme el procedimiento de revisión, sea emitido en el mes de mayo por el grupo interdisciplinario, el informe que dote a la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos (DEPPP) del INE, de elementos objetivos que le permitan dictaminar el cumplimiento o incumplimiento del requisito del modo honesto de vivir de las candidaturas sujetas a revisión y en su caso, la cancelación de registros que lo ameriten, así como hacerlo de conocimiento público de las y los electores.

En ese sentido, el plazo legal para que el IEEC aprobara el registro de las candidaturas de las elecciones para el Proceso Electoral Estatal Ordinario 2021, ante el Consejo General y los Consejos Electorales Distritales y Municipales del Consejo General, venció el día 13 de abril de 2021; registrándose todas aquellas candidaturas que cumplieron con los requisitos legales de conformidad con lo señalado en la Constitución Política del Estado de Campeche, y en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales del Estado de Campeche (LIPEEC), incluyendo la manifestación escrita bajo protesta de decir verdad relativa al 3 de 3 en contra de la violencia de género.

Por lo tanto, tomando como base el derecho de petición reconocido en el artículo 8º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en relación con los preceptos constitucionales y legales que establecen las atribuciones y facultades del IEEC, con la respuesta que emiten su Comisión de Organización Electoral, Partidos y Agrupaciones Políticas, se tiene por desahogado en dicho Acuerdo el escrito de fecha 9 de abril de 2021, signado por los integrantes de la Observatoria Ciudadana Elecciones 2021.

REDACCIÓN

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