Aprueba el Congreso modificaciones a la Carta Magna federal, en materia de extinción de dominio.
En su calidad de integrante del Constituyente Permanente o Poder Revisor de la Constitución, el Congreso del Estado de Campeche, a través de su Sexagésima Tercera Legislatura, aprobó por unanimidad el dictamen relativo a una minuta por el que se reforman el artículo 22 y la fracción XXX del artículo 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de extinción de dominio, remitida por la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.
Lo que se pretende con la modificación constitucional, subraya el documento, “es que la acción de extinción de dominio sea eficaz y viable, argumento que encuentra sustento al señalarse que la extinción de dominio tiene por objeto ventilar en un procedimiento jurisdiccional, si un bien de cualquier naturaleza ha sido adquirido a través de actos acordes al ordenamiento jurídico, o si el bien procede de la comisión de actos ilícitos y, por ende, su dominio es contrario al sistema jurídico, a la moral pública y a los valores de la sociedad”.
Menciona que “la acción de extinción de dominio no reprime la realización de conductas penales, por lo que no es en sí misma un castigo a quien ha vulnerado la norma penal, sino que dentro de la estrategia de seguridad pública será utilizada para atacar los fondos económicos con los cuales la criminalidad organizada corrompe y destruye la institucionalidad del Estado, y esto es primordial, ya que es un tema central para acabar con la corrupción y el quebrantamiento de la ley, desalentando con ello la capacidad operativa con la que cuentan los grupos del crimen organizado”.
Y agrega: “así pues queda claro que al aplicar la extinción de dominio se instituye que el negocio del crimen no es opción para nadie, aunado a que el Estado puede hacerse de recursos económicos, se reduce la inseguridad y sobre todo se apoya a las víctimas de un delito”.
Lo anterior, durante la segunda sesión ordinaria efectuada este miércoles, en la que se dio lectura a dos iniciativas, la primera para reformar el numeral 2 de la fracción II del artículo 11 y el último párrafo del artículo 15; así como adicionar un último párrafo al artículo 18, todos de la Ley del Sistema de Coordinación Fiscal del Estado de Campeche, promovida por el Ejecutivo estatal, y la segunda para reformar el artículo 45 de la Ley de Vialidad, Tránsito y Control Vehicular del Estado de Campeche, promovida por el diputado José Luis Flores Pacheco, mismas que fueron turnadas a Comisiones.
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